¿Para qué es la ayuda?
Subvencionar los proyectos de creación de Centros Digitales en la provincia de A Coruña que contribuyan a nivel empresarial o local a mejorar la digitalización de los procesos empresariales distribuidos, entorno de las empresas y los consumidores y a modernizar y desarrollar la base industrial:- Centros digitalizados para control, gestión, monitorización, vigilancia, telemetría o telecomando(remoto) de activos, infraestructuras, instalaciones o sistemas. – Centros digitalizados para simulación,control, seguimiento de activos y operaciones (personas, vehículos, flotas, logística, …). – Centros digitalizados para almacenamiento de datos y accesibilidad a los mismos. – Cualquier otro centro digitalizado que otorgue capacidades remotas de conectividad, coordinación, seguimiento,monitorización o control de activos.
¿Quién puede pedirla?
Las PYMEs que adopten la forma jurídica de Sociedad Limitada o Sociedad Anónima, preexistentes oque se constituyan específicamente para la explotación del Centro Digital propuesto.
Además deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que proyecten llevar a cabo una inversión en una infraestructura (Centro Digital) subvencionable en la provincia de A Coruña.
b) Que aporten para el proyecto de infraestructura una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de, por lo menos, un 20% para proyectos de la tipología 2 y un 25% para proyectos dela tipología 1, de las inversiones subvencionables, sea mediante recursos propios o mediante financiación externa.
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde las 08:00 horas del 10/10/2023 hasta las 14:00 horas del 11/12/2023.
Líneas
Tipología 1.
– El Centro Digital estará localizado en la provincia de A Coruña y promovido y explotado por una pyme para la monitorización, gestión, vigilancia, comando, control, etc. de manera remota, de sus activos,infraestructuras, vehículos o instalaciones.
Tipología 2.
– El Centro Digital promovido y explotado por una pyme gallega, en el ámbito geográfico de la provincia de A Coruña, para facilitar el desarrollo y uso de sistemas de monitorización, gestión, vigilancia,comando, control, etc. de manera remota, de activos, infraestructuras, vehículos o instalaciones;destinado de manera abierta a que sean utilizadas por terceros para sus necesidades y aplicación.
¿En qué consiste la ayuda?
La inversión subvencionable por cada proyecto deberá ser superior a 100.000 € e inferior a 3.000.000 €.
Tipología 1:
– El importe de la ayuda será del 25% o 35% de la inversión subvencionable, según el promotor sea mediana o pequeña empresa, respectivamente.- Se establece una cuantía máxima de 1.500.000 €.
Tipología 2.
– El importe de la ayuda será del 80% sobre la diferencia entre las inversiones subvencionables y el beneficio de explotación a lo largo del período de explotación del negocio.
– Se establece una cuantía máxima de 2.000.000 €.
¿Qué gastos o acciones me cubre?
a) Obra civil: acondicionamiento y urbanización, oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales,almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto, llevadas a cabo en terrenos propiedad del solicitante, o sobre los que el solicitante tenga un derecho de superficie,concesión administrativa o derecho de explotación similar con una vigencia mínima de 5 años, contados desde la fecha de puesta en marcha de la infraestructura.
b) Adquisición de terrenos, edificaciones o construcciones por un importe que no exceda del 10% de la inversión total subvencionable.
c) Bienes de equipo: máquinas, equipación y sistemas TIC, instalaciones específicas necesarias,equipos y medios de transporte interno, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipación necesarios para la creación del Centro Digitalizado.
d) Otras inversiones en activos fijo materiales incluyendo mobiliario.
e) Activos intangibles relacionados directamente con el Centro Digital que cumplan los siguientes requisitos:
– Se emplearán exclusivamente en el Centro beneficiario de la ayuda.
– Deben tener la consideración de activos amortizables.
– Deberán ser adquiridos a terceros no relacionados con el comprador en condiciones de mercado.
– Figurarán en el activo de la pyme y permanecerán en el establecimiento beneficiario de la ayuda durante un período mínimo de 3 años.
f) Los costes de reformas de instalaciones llevadas a cabo en bienes inmuebles arrendados y siempre que el arrendamiento tenga una vigencia mínima de 5 años a contar desde la fecha de puesta en marcha de la infraestructura.
Algo más que debes saber…
El plazo de ejecución de los proyectos finalizará en la fecha establecida en la resolución de concesión, sin que pueda exceder del 30 de junio de 2026.