¿Para qué es la ayuda?
La puesta en marcha de proyectos de digitalización cuya fnalidad sea la implantación de soluciones para el soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una empresa gallega y otras empresas o entre dos o más empresas gallegas como pueden ser órdenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos entre un líder industrial hacia las pymes que conforman su cadena de valor.
¿Quién puede pedirla?
Las PYMEs cualquier que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos, y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 26/04/2024 hasta el 27/05/2024.
Líneas
– Tipo 1: proyectos con un importe subvencionable menos de 50.000 €.
– Tipo 2: proyectos con un importe subvencionable de entre 50.000 € y 120.000 €.
– Tipo 3: proyectos con un importe subvencionable de más de 120.000€.
¿En qué consiste la ayuda?
La subvención será del 35% de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25% para las medianas.
La subvención será del 50% de los gastos en servicios de consultoría subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas.
¿Qué gastos o acciones me cubre?
a) Inversiones materiales y/o inmateriales nuevos adquiridos en propiedad.
b) Servicios de consultoría externa de carácter tecnológico u organizativo.
c) Gastos de coordinación del proyecto.
d) En los proyectos que sean coordinados por un hub de innovación digital, de los seleccionados al amparo de la Estrategia gallega de HID, con un importe subvencionable igual o superior a 60.000 €, excluidos los gastos de coordinación del hub, será subvencionable, hasta un máximo de 6.000 € el servicio de consultoría desarrollado por el hub en concepto de coordinación, apoyo a la defnición del proyecto, apoyo en la selección de tecnologías y proveedores y seguimiento de la implementación del proyecto.
e) Para aquellos proyectos en los que las colaboraciones externas o bien la adquisición de activos inmateriales superen los 30.000 € o la suma de inversiones y colaboraciones supere los 45.000 € (considerando exclusivamente los conceptos indicados en los apartados a) y b)) será subvencionable el informe de un ingeniero colegiado cualifcado, hasta un importe máximo de 2.000€, que deberán aportar de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.5.f. Ese importe se considerará gasto subvencionable de consultoría externa.
Plazos para la ejecución de la ayuda
El plazo de ejecución de los proyectos de transformación digital de las pymes no podrá superar el 30 de junio
de 2025.